Derechos de niñas, niños y adolescentes a una vida digna

Entendemos por dignidad el valor intrínseco y el respeto que merece cada ser humano por el simple hecho de serlo y es la base de los derechos humanos. Etimológicamente significa “calidad de digno” y deriva del adjetivo “dignus”, que quiere decir valioso. La dignidad, por lo tanto, refiere a un conjunto de atributos que confieren a todas las personas ciertas condiciones de vida que deben ser garantizadas.

Cuando hablamos de proporcionar una vida digna a niños, niñas y adolescentes, nos referimos a todas aquellas condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades básicas. Un lugar acogedor donde vivir, comida saludable, cuidado y entrega de cariño, respeto y valoración además de la posibilidad de desarrollarse integralmente. Provisión de asistencia médica especializada, atención psicosocial integral, un modelo educativo pertinente y flexible, y una oferta variada de actividades recreativas y formativas, son aspectos que se van haciendo cada vez más necesarios, para promover el bienestar infantil (Muñoz y Redondo, 2000).

De esta manera, se busca que todas las residencias de protección sean entornos donde las niñas, niños y adolescentes se sientan protegidos, apoyados, contenidos y, además, puedan desarrollar todo su potencial sintiéndose partícipes de sus procesos y sus espacios.

Esto no significa, ni es deseable, que las residencias deban asumir todas las responsabilidades respecto de los NNA, ya que eso implicaría regresar a la lógica de una «institución total» (Segovia, 2017), que alejaría aún más a los niños, niñas y adolescentes de sus comunidades y entornos sociales. Más bien, se trata de promover un trabajo intersectorial efectivo, en el que tanto las residencias como otros sectores cumplan sus funciones de manera articulada y coordinada asegurando la protección y el ejercicio de los derechos de NNA.

Derechos de niñas, niños y adolescentes

La Convención sobre los Derechos del Niño busca promover en el mundo los derechos de los niños y niñas, cambiando definitivamente la concepción de la infancia. Al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que, a diferencia de los adultos, 

las personas menores de 18 años necesitan atención y protección especiales, que garanticen su derecho a la identidad y la familia, a expresarse libremente y el acceso a la información, a la protección contra el abuso y la discriminación, a la educación, a una vida segura y sana, a la atención especial en caso de estar impedidos.

Basado en estos principios, el “Protocolo para la atención de niños, niñas y adolescentes, sin cuidado parental acogidos en albergues a nivel nacional” (UNICEF) entrega las siguientes directrices para la protección de la niñez y adolescencia en residencias:

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